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martes, 8 de enero de 2008

MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

Ante la implantación de las nuevas bandejas para el pase de los aperitivos os informamos de lo siguiente:
El Real Decreto 487/1997 http://www.mtas.es/insht/legislation/tl_erg.htm#Cargas regula todo lo concerniente a la manipulación Manual de Cargas.
En su artículo 3 punto 2 recoge "Cuando no pueda evitarse la necesidad de manipulación manual de las cargas, el empresario tomará las medidas de organización adecuadas, utilizará los medios apropiados o proporcionará a los trabajadores tales medios para reducir el riesgo que entrañe dicha manipulación. A tal fin, deberá evaluar los riesgos tomando en consideración los factores indicados en el Anexo del presente Real Decreto y sus posibles efectos combinados." Asimismo el Anexo recoge los factores de Riesgo Inherentes a la misma.
De la misma forma la Guia Técnica http://www.mtas.es/insht/practice/g_cargas.htm recoge todo lo relativo a las cargas.
Por ello lo primero que debeis hacer es tener una copia de la Evaluación de Riesgos.
En ella comprobad que está recogido el Riesgo de la Manipulación Manual de Cargas y pedid a la dirección del establecimiento, por escrito, la adecuación de la carga a la Normativa.
No obstante estamos a vuestra dispoción en cissocial@gmail.com.

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