El mes de febrero llegó a nuestro conocimiento la intención de la Mutua La Fraternidad Muprespa, de no abonar la compensación de los gastos de transporte por las comparecencias de los trabajadores en situación de I.T. por contingencia común, con la aquiescencia de la Dirección de Recursos Humanos de Paradores, acogiéndose a una sentencia que no tenía nada que ver con el caso que nos ocupaba.
Desde la parte Social del CISS no hemos cejado en nuestro intento por demostrarle a la Mutua y a la Directora de RR.HH. de Paradores, nuestro desacuerdo ante esta actitud acogiéndonos a la Normativa Vigente, enviándoos notas para que estuvieras informados e incluso poniendo a vuestra disposición una plantilla para solicitar el abono de los gastos ocasionados. Asimismo enviamos una respuesta a la Directora de RR.HH. de Paradores a una nota emitida por ella, en la cual confirmaba la negativa de la Mutua a hacerse cargo de sus responsabilidades.
Pues bien, en el BOE de hoy, 21 de Abril de 2009, ha salido publicada la Orden TIN/971/2009 donde se nos da la razón y obliga a la Mutua a compensar los gastos ocasionados por el transporte para asistir a los exámenes o valoraciones médicas solicitados por la Mutua en casos, tanto de Contingencia Profesional como Común.
La citada Orden será colgada en el Blog del CISS y os animamos a que solicitéis el abono de los gastos en que hayáis incurrido desde la llegada de La Fraternidad.
Estamos a vuestra disposición para lo que necesitéis.
Desde la parte Social del CISS no hemos cejado en nuestro intento por demostrarle a la Mutua y a la Directora de RR.HH. de Paradores, nuestro desacuerdo ante esta actitud acogiéndonos a la Normativa Vigente, enviándoos notas para que estuvieras informados e incluso poniendo a vuestra disposición una plantilla para solicitar el abono de los gastos ocasionados. Asimismo enviamos una respuesta a la Directora de RR.HH. de Paradores a una nota emitida por ella, en la cual confirmaba la negativa de la Mutua a hacerse cargo de sus responsabilidades.
Pues bien, en el BOE de hoy, 21 de Abril de 2009, ha salido publicada la Orden TIN/971/2009 donde se nos da la razón y obliga a la Mutua a compensar los gastos ocasionados por el transporte para asistir a los exámenes o valoraciones médicas solicitados por la Mutua en casos, tanto de Contingencia Profesional como Común.
La citada Orden será colgada en el Blog del CISS y os animamos a que solicitéis el abono de los gastos en que hayáis incurrido desde la llegada de La Fraternidad.
Estamos a vuestra disposición para lo que necesitéis.
Aquí os pongo el enlace para acceder a la Orden del Ministerio.
También os colgamos la carta de respuesta del CISS al escrito de la Directora de RR.HH.
Gracias
1 comentario:
Buen trabajo
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